proveedores factura electrónica

¿Cuales son las obligaciones de los prestadores de servicios tecnológicos?

De acuerdo con el artículo 13 del Decreto 2242 de 2015, proveer los servicios de facturación electrónica con sujeción a las condiciones establecidas en el Decreto y en las resoluciones que para este propósito expida la DIAN.

¿Cuales son las causales para la cancelación de la autorización a un proveedor tecnológico?

Según el artículo 14 del Decreto 2242 de 2015 las siguientes son las causales de cancelación de una autorización a un proveedor tecnológico: 1. Cuando el proveedor decida terminar con su actividad económica. 2. Si el proveedor no aporta la acreditación en la norma ISO 27001 a la DIAN dentro de los dos años siguientes a la autorización otorgada.

¿Qué sucede con los clientes que tenga un proveedor tecnológico a quien la DIAN canceló la autorización para prestar servicios?

De acuerdo con el artículo 14 del Decreto 2242 de 2015 si se cancela una autorización a un proveedor tecnológico, puede seleccionar otro operador e iniciar a facturar dentro de los tres meses siguientes. Si desea facturar directamente dispondrá de seis meses para reanudar la facturación electrónica. Durante los periodos que no disponga de proveedor y/o solución de facturación, deberá facturar con el esquema autorizado de contingencia.

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