FACTURA ELECTRONICA

¿Sí la DIAN no me ha elegido como facturador electrónico puedo postularme voluntariamente para poder utilizar este esquema?

El artículo 10 del nuevo decreto de facturación electrónica establece la posibilidad que los obligados a facturar y quienes sin serlo (régimen simplificado) puedan postularse voluntariamente para facturar electrónicamente, para la lo cual requieren cumplir con las pruebas de habilitación.

¿Puede un sujeto que voluntariamente optó por expedir factura electrónica, renunciar a este esquema y volver a facturar por computador o talonario, como lo venía haciendo?

De acuerdo con el articulo 20, numeral 1 del Decreto 2242 de 2015, a partir del momento en que se notifique la resolución de habilitación para facturar electrónicamente, el obligado a facturar deberá cesar la expedición de facturas electrónicas, de acuerdo con el Decreto 1929 de 2007, la expedición de facturas por computador y en papel; salvo en los casos de contingencia, para los que podrá utilizar la facturación en papel. Luego de habilitado para facturar electrónicamente no podrá dejar de hacerlo por éste mecanismo.

FUENTE: DIAN-Proyectos impulso y masificaciones de la factura electrónica de preguntas frecuentes 5 de mayo de 2017.

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